Asamblea General

Es el órgano supremo del CODTA, por lo que sus acuerdos, válidamente adoptados, obligan a todas las personas colegiadas, incluidas las personas colegiadas que voten en contra de los mismos, se abstengan o se hallen ausentes.

Pueden participar en ella todas las personas colegiadas que estén en pleno ejercicio de sus derechos colegiales.

Estará compuesta en cada sesión por el Decano-Presidente del Colegio, los miembros de la Junta de Gobierno y todas las personas colegiadas que estén presentes o legalmente representadas.

Las Asambleas, que podrán ser Ordinarias o Extraordinarias, serán convocadas por el Decano-Presidente, previa notificación personal por escrito a cada persona colegiada, en la que se indicará el lugar, el día y la hora de su celebración, tanto en primera como en segunda convocatoria, junto con el correspondiente orden del día, lo cual deberá cursarse, al menos, con una semana de antelación.

Se celebrará, al menos, una Asamblea Ordinaria al año, dentro del primer trimestre natural para la aprobación de las cuentas anuales y memoria de gestión.
Las Asambleas Extraordinarias se celebrarán, previa convocatoria del Decano-Presidente, bien por propia iniciativa, bien por acuerdo de la Junta de Gobierno del Colegio, o cuando así lo solicite al menos el diez por ciento del total de las personas colegiadas según el censo oficial, debiendo formular escrito motivado y firmado en el que consten los asuntos a tratar.
La convocatoria deberá ser notificada por escrito a todas las personas colegiadas con, al menos, diez días de antelación.
Todas las personas colegiadas tienen el derecho a asistir con voz y voto a las Asambleas Generales que se celebren, los votos de las/os colegiadas/os ejercientes se computarán dobles al de las/os colegiadas/os no ejercientes, admitiéndose la asistencia y voto por delegación o representación, que recaerá siempre en otra/o colegiada/o, mediante autorización escrita y para cada Asamblea, por lo que sólo serán válidas las autorizaciones entregadas al Secretario antes de dar comienzo la Asamblea.

Corresponde a la Asamblea General las siguientes competencias:

a) Aprobar los Estatutos del CODTA, los reglamentos de régimen interior, las normas rectoras de organización y funcionamiento del Colegio y las normas deontológicas, así como sus respectivas modificaciones.

b) Aprobar los presupuestos para el siguiente ejercicio y la cuenta de ingresos y gastos del ejercicio anterior.

c) Determinar las cuotas, cargas y aportaciones económicas que deba satisfacer cada personas colegiada.

d) Exigir responsabilidad al Decano-Presidente y al resto de las personas que componen la Junta de Gobierno, promoviendo, en su caso, la moción de censura contra los mismos.

e) Decidir sobre cuantos asuntos aparezcan en el orden del día fijado por la Junta de Gobierno y sobre cualesquiera que afecten a la vida colegial, especialmente en lo relativo a la representación, gestión y defensa de los intereses del Colegio y de sus colegiadas/os.

f) Acordar la fusión, segregación, disolución y liquidación del CODTA, a través de los procedimientos establecidos en estos Estatutos.

g) Establecer las líneas generales de actuación del Colegio con las Administraciones Públicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el ámbito estatal.

h) La elección del Decano-Presidente y de los demás personas que integran la Junta de Gobierno del CODTA. Cuando, por cualquier causa, la totalidad de las personas que componen la Junta de Gobierno del Colegio queden vacantes, la Asamblea General designará una Junta Provisional que convocará, en el plazo de treinta días, elecciones para la provisión de los cargos vacantes.

i) Conocer en todo momento la gestión de la Junta de Gobierno.

j) Aprobar los programas y planes de actuación.